Existen indicios de que
el Servicio Extremeño de Salud (SES) vulneró el principio de igualdad al no
conceder un plazo a todos los aspirantes (enfermeras) a fin de que pudieran
hacer valer su experiencia en el sector privado a la hora de constituir la
Bolsa de Trabajo. Así lo ha entendido el Tribunal Superior de Justicia de
Extremadura en dos Sentencias dictadas el diecinueve de mayo de este año,
con las que revoca las decisiones previas de dos Juzgados de lo Contencioso-administrativo
que habían inadmitido las demandas de sendas enfermeras que denunciaban que el
SES las había discriminado al permitir sólo a dos compañeros la acreditación de
tal experiencia.
Así es. Para dos jueces
y dos fiscales (que fueron parte al tramitarse las demandas por el cauce,
preferente, del procedimiento para la protección de los derechos fundamentales
de la persona) el principio de igualdad no se veía comprometido por el hecho de
que el SES no permitiera a todos los aspirantes hacer valer su experiencia en
el sector privado. Sin embargo, y por fortuna, el Tribunal Superior de Justicia no comparte
esa opinión, que revoca, y ordena a los Juzgados continuar con los procesos
para la protección de los derechos fundamentales de la persona.
El hecho curioso, por
calificarlo de alguna manera suave, es que EL
MISMO DÍA en que fueron dictadas las Sentencias -DIECINUEVE DE MAYO-, el SES publicó en su
web el siguiente mensaje:
ATENCIÓN: ENTRADA EN VIGOR DE LAS
MODIFICACIONES DEL PACTO DE BOLSA
A partir de hoy, 19/05/2016, los
aspirantes de las Bolsas de Trabajo podrán inscribir telemáticamente:
Los períodos de los servicios prestados
en centros privados.
La actividades formativas que no hubieren inscrito antes y que estén acreditadas por la Comisión de Formación Continuada del Sistema Nacional de Salud.
La actividades formativas que no hubieren inscrito antes y que estén acreditadas por la Comisión de Formación Continuada del Sistema Nacional de Salud.
Estos méritos
serán tenidos en cuenta para su validación en las siguientes actualizaciones de
las diferentes Bolsas de trabajo referentes al corte de 30 de septiembre de
2016.
¿Casualidad? ¡¡¡Miren que ha tenido tiempo el SES de rectificar!!! ¡¡¡Porque las demandas se presentaron en el mes de diciembre de dos mil quince!!!
Lamentablemente, el SES
sólo da su brazo a torcer, en la mayoría de los casos, a golpe de Sentencia
condenatoria, y así es obvio que no puede funcionar correctamente una
Administración Pública. Las lesiones a derechos fundamentales deben ser neutralizadas con la mayor brevedad posible, con más razón aún si cabe cuando el autor de tan deplorable agravio es un Servicio PÚBLICO de Salud.
Es impropio de las Administraciones Públicas y, desde luego, contrario a los principios de buena fe y confianza legítima que han de regir, sin excepción, todas y cada de sus actuaciones, el recurso a la estrategia de "ganar tiempo", ¡¡porque bien sufrimos todos los administrados los exiguos plazos con que nos apremian las Administraciones cuando se nos acusa de infringir la ley!!
Si las Administraciones Públicas no son ejemplares, ¿qué esperan de sus administrados?
Termino informando que,
en el día de ayer (31 de mayo), se celebró el juicio por la demanda interpuesta
por el Colegio de Enfermeros de Badajoz contra el SES en la que reclama la
valoración -inmediata- de distintos méritos en la Bolsa de Trabajo Enfermera
(sector privado, formación, excedencia, especialidades..). A la espera de la
decisión del Juzgado, el dato es que un sindicato (SATSE) se personó en el
procedimiento y compareció en el juicio no para defender las pretensiones del
Colegio sino para negar que pudiera deducirlas. Desesperante…
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