Tienes firmado un nombramiento como personal estatutario temporal con el SES pero te habías presentado antes (o te presentas después de firmar el nombramiento) a la prueba selectiva para acceder a la formación sanitaria especializada, y pasa que la superas. Entonces, te preguntas si el hecho de haber accedido a esa formación te obliga a renunciar al nombramiento con el SES. Consultas la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud y compruebas que sus arts. 62.1, letra b), y 64 contemplan una situación denominada “ servicios especiales ”, prevista, entre otros supuestos, para cuando el personal estatutario accede a plaza de formación sanitaria especializada mediante residencia. Es decir, el hecho de haber accedido a la formación especializada no implica, por sí mismo, la pérdida del nombramiento con el SES. A la vista de esa previsión legal, diriges un escrito al SES por el que pones en su conocimiento que has accedido
En el DOE de 29 de julio de este año 2024 ( https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2024/1460o/24062478.pdf ), se publicó el acuerdo “ Adenda de modificación del Pacto por el que se regulan los procedimientos de selección de personal temporal y provisión de plazas con carácter temporal en los centros, servicios y establecimientos sanitarios públicos dependientes del Servicio Extremeño de Salud, suscrito el 17 de enero de 2013 ”, alcanzado el 8 de julio de 2024 por la representación del SES y, en la representación de los trabajadores, por la Organizaciones Sindicales, CSIF, SATSE, FSP-UGT, CCOO, SIMEX y USAE. En virtud de este acuerdo de 8 de julio de 2024 resultaron modificadas varias cláusulas del Pacto. Una de las cláusulas afectadas ha sido la 9.4, que se ocupa de la reincorporación a la Bolsa de Trabajo una vez finalizado el nombramiento . Antes de su modificación, esa cláusula 9.4 decía lo siguiente: “La reincorporación a la Bolsa de Trabajo, una vez finalizado el nombra