¡¡¡Albricias!!! La
Dirección-Gerencia del SES pone en su sitio a un Gerente de Área que acordó el
cese de una enfermera que había firmado un nombramiento de sustitución con la
excusa de que había variado la causa que lo originó (la sustituida estaba en
situación de incapacidad temporal y pasó a disfrutar del permiso por maternidad).
La enfermera cesada
reclamó, primero ante el Gerente de Badajoz -intento infructuoso- y después
ante la Dirección-Gerencia (Mérida), su derecho a prorrogar el nombramiento de
sustitución a la luz de la cláusula 11.9 del Pacto de 2013 que regula,
actualmente, las Bolsas de Trabajo, considerando irrelevante que el motivo
de la sustitución hubiera variado.
Interesa significar -porque no deja de ser un dato muy importante- que la enfermera que
reclamó se encontraba “disfrutando” del permiso por maternidad (si es que se puede
decir que ese permiso se disfruta) justo en el momento en que debía producirse la
prórroga de su nombramiento de sustitución; situación (permiso por maternidad)
que para nada obstaba (en virtud del principio de no discriminación por razón
de sexo) a que se estimara su pretensión (prórroga de la sustitución).
Nuestra más sincera
enhorabuena a esta enfermera y nuestro agradecimiento a la Dirección-Gerencia del
SES por haber sabido rectificar.
Publicamos a
continuación la Resolución de la Dirección-Gerencia del SES (omitiendo, claro
está, la identidad de los implicados).
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