A LA DIRECCIÓN-GERENCIA DEL SERVICIO
EXTREMEÑO DE SALUD
Asunto: valoración experiencia en
sector privado / igualdad
D/Dª______________________________________, mayor de edad, Enfermero/a,
provisto/a con DNI nº____________________, con domicilio a efectos de
notificaciones en_____________________________________________________,
comparece y, como mejor proceda, DICE
Que, a la luz
de lo resuelto por el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, Sala de lo
Contencioso-Administrativo, en su Sentencia nº 7, de diecinueve de enero de dos
mil diecisiete (rec. apelación nº 214/2016), con la que confirma la vulneración del derecho fundamental a la igualdad
por parte de ese Servicio de Salud al
no valorar a todos los aspirantes de las Bolsas de Trabajo la experiencia
profesional en el sector privado, y con el legítimo fin de atemperar los
daños que tan contumaz negativa está deparando a quien suscribe (y cuya
reclamación se reserva por la más que probable pérdida de oportunidades de
suscribir nombramientos), mediante el presente escrito viene a formular
REQUERIMIENTO en los términos previstos en el artículo 115 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, a fin
de que se proceda a valorar la experiencia profesional adquirida en el sector
privado cuya realidad acredita con la documentación que acompaña al presente
escrito[1]
.
Que, a este
respecto, como acertadamente reconoce el Tribunal extremeño en su Sentencia, no
obsta a este requerimiento la modificación habida el pasado año 2016 en el
Pacto que regula las Bolsas de Trabajo dado que el vicio cometido por ese
Servicio de Salud es de nulidad de pleno
derecho (al vulnerar un derecho fundamental) y, por lo tanto, no convalidable.
Por otra parte, el dicente no tiene obligación alguna de soportar los interminables
tiempos que caracterizan las valoraciones de méritos que lleva a cabo ese
Servicio de Salud, que no hacen sino agravar el daño sufrido.
En___________________,
a dos de febrero de dos mil diecisiete.
Fdo.:
[1] La experiencia en el sector
privado se puede acreditar mediante informe de vida laboral expedido por la
Tesorería General de la Seguridad Social y el contrato de trabajo,
certificación de la empresa así como nóminas o cualquier documentación válida
en derecho que acredite de forma fehaciente los servicios prestados.
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