Somos interinos pero,
desde 2007, estamos fuera de las Bolsas de Trabajo del SES por no haber
aprobado o concurrido (por voluntad propia o imposibilidad) al proceso selectivo
de 2007 (leen bien: de 2007.
¿Puede ser? Es. Se suponía que el SES -según la cláusula quinta, punto 3, de
aquel añejo Pacto de 2007- tenía que realizar convocatorias para permitir la
incorporación de más aspirantes pero, vaya, por las razones que fuere, no lo
hizo).
Llega entonces 2016 y
se acerca el momento de determinar qué interinos deben cesar como consecuencia
de la resolución de la convocatoria de acceso a plazas de 2011 (proceso en el
que hemos participado) y la consecuente incorporación de personal de nuevo
ingreso.
Está claro: primero,
los que están fuera de la Bolsa (aunque lleven años, de mala suerte, anhelando estar
dentro).
Pero son muchos
interinos los que están fuera. ¿Qué se decide entonces? ¿No dice nada el Pacto de 2007? Nada. Vaya.
Alguien da con la tecla,
o con Ella baila sola, y se le enciende la bombilla ¡¡Eureka!! Un sorteo y se decide según letra de apellido
(en orden inverso)[1].
Que Dios reparta suerte.
¿Todos de acuerdo?
Todos. Y eso que, ojo, se les olvidó especificar si la letra a tener en cuenta debía
ser la del primer o la del segundo apellido.
Pero, ¡cáspita!,
estamos en el ámbito de la función pública. Porque, que se sepa, el SES es un
Servicio público de Salud y seguro que suena eso de igualdad, mérito, capacidad y publicidad. Qué rollo de principios
constitucionales, ¿verdad?
Sorteo, principios
constitucionales. Principios constitucionales, sorteo. Ummm. No sé a vds., pero
a mí no me termina de convencer.
Y los tribunales,
¿tienen dicho algo al respecto?
Pues,
según el Tribunal Supremo: “…es obvio que el orden alfabético de apellidos,
fijado por sorteo…no puede decirse que encuentre justificación en ninguna de
las finalidades a que se refiere la jurisprudencia constitucional…”.
Vamos, que se pueden imaginar lo que pasa con los sorteos y los principios constitucionales que rigen en función pública...
Pero, tranquilidad. Seguro que en el Pacto
de 2013 han rectificado. Sírvase, quien lo desee, y lea su cláusula decimosexta, letra a), para luego contarnos...enlace a Pacto de 2013
Pd: ahora, vaya
tesitura esa de decidir qué apellido va primero, porque la Administración puede
hacer recaer sobre nosotros una parte importante del futuro laboral de nuestros
hijos.
“Hijo, échale la culpa a tu padre, que fue quien quiso poner su apellido delante”.
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