En el día de ayer (27 de junio de 2017), la Dirección
Gerencia del SES dictó la Resolución de 23 de junio de 2017 por la que procedió
a publicar los listados definitivos de admitidos y excluidos referentes al
corte de actualización de valoración de méritos del 30 de septiembre de 2016 en
la Bolsa de Trabajo en la categoría de Enfermero/a y para Unidades de
Especiales Características de esta categoría.
¿Cómo se puede impugnar esa Resolución? Dos son las vías:
1.- Vía administrativa: a través del
recurso de reposición.
Este recurso es potestativo, es decir, la interesada puede
interponerlo si quiere, pero nada le impide recurrir directamente a la vía
judicial.
El plazo para interponer este recurso es de un mes (finalizaría
el 27 de julio) y se dirige a la propia Dirección-Gerencia del SES, que
dispondrá de otro mes para resolverlo.
Si el SES desestimara nuestro recurso dentro
de ese mes, dispondremos de un nuevo plazo de dos meses para recurrir a la vía
judicial.
Si el SES no resuelve nuestro recurso
en el plazo de un mes, tenemos dos opciones:
1. Esperar a que resuelva (la ley dice que la Administración debe resolver en todo caso);
2. No esperar más tiempo y recurrir a la vía judicial.
Deciros que podemos aprovechar este recurso para solicitar la
vista no sólo de nuestro expediente sino el de otras aspirantes.
* El recurso de reposición se regula en
los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015 (enlace a ley ).
2.- Vía judicial
Como he señalado anteriormente, la interesada puede recurrir
directamente la Resolución de la Dirección-Gerencia del SES ante la vía
judicial a través de una demanda contencioso-administrativa, sin necesidad de
interponer previamente el recurso de reposición.
Grosso modo, indicar que el procedimiento judicial sigue
los siguientes pasos:
Paso 1: interposición de demanda.
Paso 2: el Juzgado señala fecha para la
celebración del juicio y requiere al SES para que, 15 días antes del juicio,
aporte nuestro expediente administrativo.
En este tipo de juicios, el expediente administrativo tiene
una importancia capital puesto que en el mismo debe constar la explicación de
la valoración de nuestros méritos –motivación-.
A la vista del expediente, podemos decidir continuar con el
procedimiento judicial o desistir (nunca nos han impuesto las costas cuando
hemos desistido en este momento).
Paso 3: juicio (vista).
* Costas: si nuestra demanda es
desestimada, el juez nos impondrá las costas (salvo que aprecie razones para no
hacerlo). Esas “costas” son los honorarios del letrado del SES (para este tipo
de juicio ascienden a unos 1400 euros).
A LA DIRECCIÓN-GERENCIA DEL SERVICIO
EXTREMEÑO DE SALUD
Asunto: listados definitivos Bolsa Trabajo categoría
Enfermera, junio 2017
Actuación: recurso de reposición
Dª.
___________________________________,
mayor de edad, provista con DNI núm. DNI______________, con domicilio a efectos de
notificaciones
en___________________________________________________________________,
comparece y, como mejor proceda, DICE
Que, por Resolución de 23 de junio de
2017 (publicada el 27 de este mismo mes), dictada por esa Dirección-Gerencia,
se han hecho públicos los listados definitivos de admitidos y excluidos
referentes al corte de actualización de valoración de méritos del 30 de
septiembre de 2016 en la Bolsa de Trabajo en la categoría de Enfermero/a y para
Unidades de Especiales Características de esta categoría convocadas por
Resolución de 23 de septiembre de 2014, en las Instituciones Sanitarias del
Servicio Extremeño de Salud.
Que, quien suscribe figura en el
referido listado definitivo (con número de solicitud _____) con la siguiente
puntuación:
Misma
Cat
|
Cat
Equiv
|
Otra
Cat
|
C.Priv
|
OtraAP
|
Invest
|
Forma
|
Nota
|
Que, disconforme con la puntuación
asignada -que considera no ajustada a Derecho-, por medio del presente escrito
viene a interponer RECURSO DE REPOSICIÓN
contra la Resolución referida en el encabezamiento con base en las siguientes
ALEGACIONES
ÚNICA.- Quien suscribe no puede estar de
acuerdo con que, en concepto de (especificar el mérito/s mal baremado), sólo le
hayan sido asignados ____ puntos, y ello porque tal puntuación en modo alguno
se compadece con la acreditada en el proceso de selección en virtud de la
documentación que a continuación refiere (aportada en plazo):
1. _______________________ (concretar el
documento aportado), que hacían a quien suscribe acreedora de ____ puntos por
tal concepto. Sin embargo, en el listado
definitivo, este mérito ha sido valorado con ___ puntos.
2. ___________________________
3. ___________________________
Por
lo expuesto,
SOLICITA A LA DIRECCIÓN-GERENCIA DEL SES
que teniendo por presentado este escrito se sirva admitirlo y, en su virtud,
dicte Resolución por la que reconozca a quien suscribe __________ puntos en
concepto de _____________________________.
En_______________
para Mérida, a diez de mayo de dos mil diecisiete.
OTROSÍ
DIGO que interesa a la dicente que se
señale fecha para poder ejercer el derecho a la vista de su expediente.
Fdo.:
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