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DE LA EX-CATEGORÍA DE ENFERMERA DE ATENCIÓN CONTINUADA









Como la mayoría de Vds. ya sabrá, la Consejería de Salud y Políticas Sociales de la Junta de Extremadura decidió, el pasado mes de diciembre de 2017, suprimir la categoría de “enfermera de atención continuada” que creó allá por 2005 (aquí la orden de supresión).   



En una entrada anterior (enlace) recordé cómo en el Plan de Ordenación de Recursos Humanos del año 2015 (aquí tienen un enlace a Plan) el SES había destacado, entre otras, la decisión de la Consejería de Sanidad de crear la categoría ahora suprimida (echen un vistazo a la página 40 del Plan, a partir de <<En esta línea se destacan las siguientes actuaciones:...>>). Todo un descenso al averno, sí.



Bien. La Consejería, siempre bienintencionada, dice que la adopción de tan severa decisión — de suprimir la categoría antes mencionada— responde a su intención de garantizar la movilidad del personal de atención continuada dado que la Comisión de Recursos Humanos del Ministerio de Sanidad descartó la posibilidad de incluir esa categoría en el catálogo de equivalencias de categorías profesionales del personal estatutario (aquí, un enlace al catálogo). A mí, que no me miren.



Ruego presten ahora atención a las fechas, porque verán...



- ¿Saben cuándo solicitó el SES la inclusión de la categoría profesional de “enfermera de atención continuada” en aquel catálogo de equivalencias de categorías profesionales? En el año 2013 (nuestra Consejería creó la categoría en 2005, sí, pero al SES se le pasó informar de ello al Ministerio. Un olvido, vaya. Pero, ¡oye!, que si el tango dice que veinte años no es nada, será que ocho no llegan a suspiro).  

- ¿Saben en qué año el Ministerio de Sanidad rechazó aquella petición del SES de incluir la categoría profesional de “enfermera de atención continuada” en el catálogo de equivalencias de categorías profesionales? En el año 2014.

- ¿Recuerdan en qué año se vanaglorió el SES de la creación de la categoría de “enfermera de atención continuada”? En 2015.



Vamos a ver, ¿cómo puedes tardar OCHO AÑOS en comunicar al Ministerio que has creado una categoría profesional? ¡Y menos mal que esa comunicación venía impuesta por la ley, que si no...! Peor todavía, ¿cómo puedes destacar la creación de una categoría profesional un año después de que el Ministerio de Sanidad te haya dicho que la misma no se puede equiparar con ninguna de las que ya existen y que, por ello, se queda fuera del catálogo de equivalencias?



Bien. Tenemos que el Ministerio rechazó en el año 2014 incluir la categoría de “enfermera de atención continuada” en el catálogo de equivalencias de categorías profesionales aprobado por Real Decreto 184/2015, de 13 de marzo. Es decir, que, a ojos del Ministerio, la categoría en liza no equivalía a ninguna de las existentes. Pero, oye, ¿qué pasa? Si, además, ¡¡nadie se enteró de ese desaire!!



A ver. Si el Ministerio dice que la categoría de “enfermera de atención continuada” no equivale a ninguna otra, NO-PASA-NADA. ¿Quién dijo miedo? Porque ya está nuestra Consejería para decir lo contrario. Y así es cómo en la Orden de supresión nos encontramos con una Disposición Adicional Única que reza lo siguiente:



<< El tiempo de servicios prestados en la Categoría de Enfermero/a de Atención Continuada se considerará prestado en la Categoría de Enfermero/a a todos los efectos >>.



¿Recuerdan la que se montó en 2012, cuando el Tribunal Supremo confirmó que el tiempo de trabajo de los “refuerzos” no podía considerarse como prestado en la categoría de “atención continuada”? Pues eso...  



En otra entrada contaré y acreditaré cómo fue que el Ministerio de Sanidad primero nos dijo que la enfermera de atención continuada equivalía a la de Enfermera para luego desdecirse (con una sospechosa intermediación del SES). Si tienen tiempo, revisen el catálogo de categorías equivalentes. Verán aparecer ante sus ojos una categoría que se denomina “DUE de apoyo equipo atención primaria” que sí se considera equivalente a la de Enfermero. ¿Qué raro, no creen?  



En fin, que ni He-Man ni nada. Aquí, quienes dominan el BOE y el DOE son los que, de verdad, tienen el poder, y hoy paz y después gloria.






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