En una Resolución
(Auto) de 2 de abril de 2018, el Tribunal Supremo ha admitido a trámite un
recurso de casación con el que resolverá una cuestión que genera controversia y
creo que bastante interés. Se trata de lo siguiente:
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... si, a los efectos de baremación
de méritos ante un Servicio de Salud, son
equiparables los servicios sanitarios prestados en las Mutuas de accidentes de trabajo y enfermedad profesional con los
que tienen lugar en los centros privados concertados, cuando las bases de la
convocatoria solo prevén expresamente estos últimos. En el caso de que no lo
fueran, si ello vulnera los principios de igualdad, mérito y capacidad, en
cuanto principios ordenadores del régimen estatutario y de acceso en
condiciones de igualdad a cargos públicos.
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