Van apareciendo tribunales de
justicia que no disimulan su hartazgo ante errores graves cometidos por órganos
de selección en convocatorias públicas. Una prueba reciente y evidente de ello la
encontramos en una Sentencia dictada el pasado 11 de febrero de 2019 por la Sala
de lo Contencioso-Administrativo el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y
León.
En esta sentencia, el
Tribunal castellanoleonés anula la decisión del órgano de selección (de
unas pruebas de acceso convocadas por la Consejería de Sanidad) de dar por aprobados a quienes tenían 41
preguntas correctas de un cuestionario de 90, y ello porque las bases de
la convocatoria exigían, como mínimo, responder acertadamente el 50 % de las
formuladas.
Verán. Sucede que el
cuestionario al que se enfrentaban los aspirantes lo integraban otras nueve
preguntas de reserva (para el caso de posibles anulaciones). Sin
embargo, fueron DIECISIETE las anuladas.
El Tribunal de Justicia
no va a disimular su enorme enfado, hasta el punto de exigir que se depuren
responsabilidades por las “gravísimas
consecuencias que se producen” y por “la
falta de consideración que conlleva la formulación de nada menos que 17
preguntas incorrectas frente a quienes con enorme esfuerzo participan en las
difíciles pruebas de que se trata”. Tampoco va a templar gaitas el Tribunal de
Justicia al referirse al responsable/s de la formulación de las preguntas (“...
en
modo alguno puede concluirse que el tribunal calificador o quien haya sido el que haya formulado las preguntas haya actuado
con la diligencia y competencia mínimamente exigibles...”).
Esto es, textual, lo
que, entre otras cosas, dice el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y
León en su Sentencia:
<< Es decir, que
ya el órgano convocante, dadas las características de la materia sobre la que
versa la prueba, medicina, prevé la posibilidad de la anulación de un 10% de
las preguntas, 9, pero en este caso se ha llegado hasta 17, por lo que, frente
a lo que sostiene uno de los codemandados en modo alguno puede concluirse que el
tribunal calificador o quien haya sido el que haya formulado las
preguntas haya actuado con la diligencia y competencia mínimamente
exigibles, lo que, a juicio de la Sala exige que se depuren las
responsabilidades pertinentes, dadas las gravísimas consecuencias que se
producen y la falta de consideración que conlleva la formulación de nada menos
que 17 preguntas incorrectas frente a quienes con enorme esfuerzo participan en
las difíciles pruebas de que se trata. >>
<< ... aparte de
que no consta cuáles son las razones por las que se anularon 17 preguntas ni
tiene esta Sala elementos para llegar a la conclusión de que con 41 preguntas
acertadas se cumple con la finalidad prevista con la prueba, que es la de evaluar a los aspirantes
bajo condiciones que garanticen la observancia de los principios de igualdad,
mérito y capacidad, no puede obviarse
que las bases de la convocatoria exigen para que se pueda estimar que los
participantes tiene el nivel de conocimientos exigible para poder acceder a una
de las plazas convocadas que se respondan acertadamente 45 preguntas. >>
¿Se depurarán
responsabilidades o estaremos ante un....
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