Una sentencia del Tribunal Supremo condena al Consejo
de Seguridad Nuclear al no haber motivado el cese de un puesto
de libre designación.
Obliga la Sala Tercera del Tribunal Supremo al
Consejo de Seguridad Nuclear a dictar un acto donde se exponga la causa del cese para satisfacer el
derecho que asiste al demandante a saber el porqué de esa decisión .
La sentencia examinará también si el funcionario
de carrera que desempeña un puesto de libre designación tiene derecho a la
inamovilidad en el concreto puesto, a lo que va a contestar el Supremo
negativamente, ya que ello es algo propio de los provistos mediante concurso
reglado.
Los magistrados de dicho
tribunal añaden que
la razón o razones del cese no serán enjuiciables en lo que tiene de libre apreciación; ahora bien, es exigible que se explicite evitándose expresiones opacas, estandarizadas, que puedan encubrir una intención patológica por falsa, caprichosa o ajena a los requerimientos del puesto
Comentarios
Publicar un comentario